Señal de prohibicion de uso del ascensor en caso de incendio, conforme a UNE-EN ISO 7010 (forma circular, borde rojo y banda diagonal) y RD 485/1997. Fabricada en poliestireno fotoluminiscente de alta visibilidad, disponible en multiples medidas y tambien en version solo pictograma o multiidioma. Imprescindible en edificios con evacuacion vertical regulada.
|
|
|
En una emergencia por incendio, el uso del ascensor representa un riesgo critico: el calor puede bloquear la cabina entre plantas, el humo se canaliza por el hueco y el fallo electrico puede dejar a los ocupantes atrapados. Por eso la normativa obliga a instalar en todo edificio con ascensor la senal de no utilizar en caso de incendio, con pictograma normalizado segun UNE-EN ISO 7010 y las condiciones de señalizacion del RD 485/1997 Anexo III. El cartel fotoluminiscente garantiza su lectura incluso con iluminacion de emergencia reducida, cumpliendo los requisitos de contraste y visibilidad del recorrido de evacuacion. Disponible en PVC y poliestireno, en formato solo pictograma o con texto en varios idiomas, para integrarse en cualquier instalacion industrial, hotelera o de uso publico.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
Ademas de no utilizar el ascensor, durante un incendio esta prohibido abrir puertas cortafuego sin necesidad, regresar a buscar objetos personales y usar las escaleras mecanicas. El RD 485/1997 Anexo III exige que estas prohibiciones esten señalizadas con carteles normalizados en los puntos de decision del recorrido de evacuacion para que sean visibles incluso con humo o escasa iluminacion.
Es una señal de prohibicion conforme a UNE-EN ISO 7010: circulo rojo con banda diagonal sobre el pictograma del ascensor. Indica que, ante una emergencia por incendio o sismo, el ascensor queda fuera de servicio para evacuacion y debe usarse obligatoriamente la escalera. Su instalacion es obligatoria en la botonera y en el acceso a cada planta donde exista ascensor.
En el contexto de evacuacion de edificios, esta señal advierte que el elemento señalizado (normalmente el ascensor) no debe emplearse durante ninguna emergencia declarada. Segun el RD 485/1997, la señalizacion de prohibicion debe colocarse en el lugar donde exista riesgo o donde la accion prohibida podria realizarse, garantizando visibilidad inmediata a una distancia minima acorde al tamaño del cartel.
Los formatos mas habituales son 105×148 mm (A6), 148×210 mm (A5) y 210×297 mm (A4), aunque existen medidas especiales segun proyecto. La UNE-EN ISO 7010 no fija un tamaño unico, sino que la dimension debe calcularse en funcion de la distancia de observacion: al menos 0,5 cm² de superficie visible por metro de distancia. El material fotoluminiscente de poliestireno asegura lectura nocturna o en condiciones de humo.
El RD 485/1997 Anexo III exige que las señales sean visibles en cualquier condicion de iluminacion, por lo que en rutas de evacuacion se recomienda la version fotoluminiscente. La version solo pictograma es valida cuando el significado del simbolo de UNE-EN ISO 7010 es universalmente reconocible y se complementa con señalizacion de emergencia activa; en edificios con usuarios internacionales, la version multiidioma refuerza la comprension y reduce el riesgo de confusion.