Señal de peligro por radiaciones láser de forma triangular con fondo amarillo, conforme a UNE-EN ISO 7010 y RD 485/1997. Disponible en distintos materiales —vinilo, PVC rígido y aluminio— y en el tamaño estándar de 105×105 mm hasta formatos mayores, para una correcta advertencia en cualquier zona con dispositivos o equipos láser.
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Pictograma triangular amarillo de advertencia de peligro normalizado por UNE-EN ISO 7010. Identifica zonas con radiaciones láser para prevenir accidentes laborales. Conforme RD 485/1997 sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Dos formatos: pictograma fijo para pared (125×125 a 660×660 mm en 4 materiales) y adhesivo triangular pequeño (50 a 148 mm) para pegar directamente sobre maquinaria o equipos.
La falta de señalización en zonas con radiación ionizante incumple el RD 783/2001 de protección radiológica + supervisión del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN): infracciones muy graves hasta 9.000.000 € + clausura de la instalación + responsabilidad penal del titular.
El láser es una radiación no ionizante que concentra alta energía en un haz muy estrecho. Los riesgos laborales más frecuentes son lesiones oculares (desde deslumbramiento hasta quemadura de retina) y quemaduras cutáneas, que pueden producirse incluso con reflexiones indirectas del haz. La guía de radiaciones ópticas del INSST clasifica estos efectos según la longitud de onda y la clase del dispositivo láser.
El láser es una radiación no ionizante: su energía fotónica no es suficiente para ionizar los átomos de los tejidos biológicos. Sin embargo, la alta intensidad del haz lo hace igualmente peligroso. Esta distinción es relevante a efectos normativos, ya que las radiaciones ópticas artificiales —incluido el láser— se regulan mediante la Directiva 2006/25/CE, transpuesta en España en el marco del RD 485/1997, con diferente tratamiento al de las radiaciones ionizantes.
Los efectos dependen de la longitud de onda, la potencia y el tiempo de exposición. Los más documentados son: fotoqueratitis y fotorretinitis (inflamación ocular y daño en retina), cataratas con exposición crónica, y quemaduras de primer o segundo grado en piel. Según la NTP 261 del INSST, los láseres de clase 3B y 4 suponen el mayor riesgo y requieren señalización visible y EPI adecuados en toda la zona de trabajo.
Los EPI para radiaciones no ionizantes de tipo láser incluyen, principalmente, gafas o pantallas de protección ocular específicas para la longitud de onda del dispositivo (marcadas con el filtro óptico y la densidad óptica requerida). También se recomienda ropa de trabajo que cubra la piel expuesta. El RD 773/1997 sobre utilización de EPI obliga a seleccionarlos y mantenerlos según la evaluación de riesgos, que debe contemplar la clase del láser y la distancia de exposición.
Según el RD 485/1997 (Anexo III), la señal debe situarse en todos los accesos a la zona de riesgo, a una altura y posición que garanticen su visibilidad antes de entrar al área. El tamaño mínimo depende de la distancia de lectura: el formato 105×105 mm es habitual en accesos próximos, mientras que distancias mayores exigen tamaños superiores. El material debe ser resistente a las condiciones ambientales del entorno (humedad, temperatura, exposición química).