Señal de prohibido conectar sin autorización con pictograma circular, borde y banda diagonal en rojo según UNE-EN ISO 7010 y RD 485/1997. Disponible en distintas dimensiones y materiales (vinilo, PVC, aluminio y fotoluminiscente) para entornos industriales, instalaciones eléctricas y cualquier área de acceso restringido donde sea obligatorio advertir de la prohibición previa antes de conectar equipos o circuitos.
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La señal de prohibido conectar sin autorización es de uso obligatorio en instalaciones eléctricas, cuadros de control, maquinaria en mantenimiento y cualquier punto de conexión donde una actuación no autorizada pueda generar riesgo grave. Su diseño —círculo rojo con banda diagonal sobre fondo blanco— responde al código cromático de prohibición definido por la norma UNE-EN ISO 7010:2020 y es exigible en centros de trabajo según el RD 485/1997, Anexo III. El pictograma normalizado garantiza la comprensión inmediata independientemente del idioma, algo esencial en entornos con personal de distintas nacionalidades. Colocar este cartel junto a los procedimientos de bloqueo y consignación (LOTO) refuerza la seguridad y acredita ante la Inspección de Trabajo que la empresa ha adoptado las medidas de señalización requeridas por ley.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
Indica que está prohibido activar, enchufar o conectar un equipo, circuito o instalación sin contar con permiso previo expreso. Se coloca en cuadros eléctricos, maquinaria en mantenimiento o puntos de conexión críticos para evitar arranques o energizaciones accidentales. Su pictograma circular con borde rojo y banda diagonal sigue el código de señales de prohibición de la norma UNE-EN ISO 7010:2020.
Aunque es una señal diferente, comparte el mismo código cromático de prohibición (círculo rojo con diagonal) del RD 485/1997. Advierte de que únicamente el personal con autorización puede acceder a una zona o manipular un equipo. En instalaciones eléctricas, ambas señales suelen combinarse: una restringe el acceso y la otra prohíbe la conexión sin permiso previo, reforzando así los procedimientos de consignación LOTO.
Los símbolos de prohibición se caracterizan por un círculo con borde rojo y banda diagonal sobre fondo blanco, con el pictograma en negro en su interior. Están definidos en la norma UNE-EN ISO 7010:2020 y son obligatorios en centros de trabajo según el RD 485/1997, Anexo III. Algunos ejemplos frecuentes: prohibido fumar, prohibido el paso, prohibido conectar sin autorización o prohibido situarse bajo cargas suspendidas.
Debe instalarse en lugares visibles y próximos al punto de riesgo: cuadros eléctricos, armarios de control, interruptores generales, maquinaria en reparación y cualquier toma de corriente o circuito sujeto a consignación. El RD 485/1997 exige que la señal sea perfectamente visible desde el ángulo de aproximación habitual del operario. Se recomienda combinarla con tarjetas de bloqueo LOTO para máxima eficacia preventiva.
El cartel de prohibido conectar sin autorización se fabrica en varias dimensiones estándar (desde 105×105 mm hasta 400×400 mm) y distintos materiales: vinilo adhesivo para superficies lisas, PVC rígido para instalaciones permanentes, aluminio para exteriores o ambientes agresivos y versiones fotoluminiscentes para zonas con posibles cortes de luz. Elige el formato según las condiciones ambientales y los requisitos del RD 485/1997 aplicables a tu instalación.