Señal de prohibicion circular con borde rojo y banda diagonal que indica que esta terminantemente prohibido permanecer en el area de carga y descarga. Fabricada segun UNE-EN ISO 7010 y RD 485/1997, disponible en multiples materiales (PVC rigido, aluminio, vinilo adhesivo) y dimensiones para adaptarse a cualquier zona de trabajo, almacen o muelle de carga.
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Las zonas de carga y descarga concentran algunos de los riesgos laborales mas elevados en almacenes, muelles y areas industriales: carretillas elevadoras en movimiento, cargas suspendidas, maniobras de vehiculos pesados y trafico intenso de mercancias. La señalizacion de prohibido permanecer en el area de carga es una medida preventiva obligatoria recogida en el RD 485/1997, Anexo III, que exige señales de prohibicion normalizadas segun UNE-EN ISO 7010:2020 (pictograma sobre fondo blanco, borde rojo y banda diagonal) en todos aquellos puntos donde la presencia de personal no autorizado suponga un riesgo grave. Instalar este cartel en los horarios indicados de actividad o de forma permanente no solo protege a los trabajadores, sino que delimita visualmente las dimensiones del area restringida, reduce la exposicion a accidentes y acredita ante la Inspeccion de Trabajo el cumplimiento de las obligaciones de señalizacion. Disponible en distintos materiales segun la exigencia del entorno: desde vinilo para superficies interiores hasta aluminio para instalaciones con humedad o uso exterior.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
Segun el RD 485/1997, Anexo III, las zonas de carga y descarga deben delimitarse con señales de prohibicion normalizadas conforme a UNE-EN ISO 7010:2020, ademas de marcado vial en el suelo cuando proceda. La señal de prohibido permanecer en el area de carga debe colocarse en los accesos y puntos de mayor riesgo, a una altura y angulo visibles para peatones y conductores de maquinaria, garantizando que ningun trabajador no autorizado permanezca en la zona durante las maniobras de carga.
Es una señal de prohibicion (circulo rojo con banda diagonal) que indica que esta terminantemente prohibido situarse o permanecer bajo cargas izadas con puentes grua, polipastos o maquinaria similar. Complementa a la señal de prohibido permanecer en el area de carga en entornos con operaciones de elevacion. Ambas señales estan reguladas por UNE-EN ISO 7010:2020 y son exigibles en virtud del RD 485/1997 cuando el riesgo de aplastamiento o caida de objetos este presente.
La señal de prohibido aparcar excepto carga y descarga es una señal de trafico (DGT) que regula el estacionamiento en via publica durante el horario indicado. La señal de prohibido permanecer en el area de carga es una señal de seguridad laboral regida por UNE-EN ISO 7010:2020 y el RD 485/1997, destinada a proteger a los trabajadores dentro de recintos privados o centros de trabajo, prohibiendo la presencia de personas en zonas de riesgo durante operaciones de carga y descarga de mercancias.
El cartel de prohibido permanecer en el area de carga se fabrica en varios materiales: PVC rigido para interiores secos, aluminio para entornos con humedad o exposicion exterior, y vinilo adhesivo para aplicacion directa sobre superficies. Las dimensiones mas habituales van desde 105×105 mm hasta 300×300 mm o formatos personalizados, permitiendo adaptar la visibilidad a la distancia de lectura requerida segun el RD 485/1997, Anexo III (señal perceptible desde el punto de mayor riesgo).
Si. El RD 485/1997 obliga a señalizar toda zona que entrañe riesgo para la seguridad de los trabajadores, y los muelles y areas de carga son espacios de riesgo elevado por la concurrencia de vehiculos y personas. La ausencia de señalizacion adecuada puede tipificarse como infraccion grave segun el articulo 12.16 de la LISOS. Ademas, en caso de accidente, la falta de señalizacion agrava la responsabilidad civil y penal del empresario, por lo que instalar este cartel conforme a UNE-EN ISO 7010:2020 es una medida preventiva basica e inexcusable.