La señal de prohibido tocar es un cartel de prohibición con pictograma circular, borde rojo y banda diagonal conforme a UNE-EN ISO 7010 y RD 485/1997 Anexo VII. Disponible en distintos materiales —vinilo adhesivo, PVC rígido y aluminio— garantiza la advertencia visual inmediata ante equipos, instalaciones o superficies que no deben manipularse en entornos industriales, laboratorios y espacios públicos.
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El cartel de prohibido tocar transmite una orden de no manipulación directa sobre objetos, superficies o equipos que pueden causar daño al operario o deteriorarse por contacto no autorizado. Su pictograma normalizado —círculo con borde rojo, fondo blanco y banda diagonal descendente— sigue los criterios gráficos de la UNE-EN ISO 7010:2020 y cumple las exigencias de señalización de seguridad del RD 485/1997, que obliga a los empleadores a señalizar correctamente los riesgos presentes en el centro de trabajo. El icono es reconocible de forma inmediata sin necesidad de texto, lo que lo hace especialmente eficaz en entornos con trabajadores de distintas nacionalidades. Se aplica habitualmente en maquinaria en funcionamiento, cuadros eléctricos, piezas a alta temperatura, expositores museísticos, productos frágiles en tienda y zonas de carga o descarga. La disponibilidad en vinilo, PVC y aluminio permite adaptarlo tanto a superficies interiores como a condiciones de intemperie, garantizando la legibilidad del pictograma a lo largo del tiempo.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
La señal de prohibido tocar indica que está expresamente prohibido manipular, tocar o entrar en contacto con el objeto, superficie o equipo señalizado. Visualmente se representa mediante un círculo con borde rojo y banda diagonal sobre el pictograma de una mano, conforme a la norma UNE-EN ISO 7010:2020. Su uso es obligatorio en centros de trabajo cuando existe riesgo real de lesión o daño por contacto, según el RD 485/1997 Anexo VII.
“Prohibido tocar” implica una orden formal con respaldo normativo en el ámbito laboral: el empresario está obligado a señalizarlo cuando existe un riesgo identificado. “No tocar” es una indicación de carácter más informativo o comercial, habitual en museos, tiendas o exposiciones. Desde el punto de vista de la seguridad industrial, el cartel de prohibido tocar homologado bajo UNE-EN ISO 7010 es el adecuado en entornos de trabajo regulados por el RD 485/1997.
El cartel de prohibido tocar debe fijarse directamente sobre el equipo, panel o superficie en cuestión, o en su proximidad inmediata, a una altura y posición que garantice su visibilidad clara. El RD 485/1997 Anexo III establece que las señales deben colocarse teniendo en cuenta posibles obstáculos, el nivel de iluminación y la distancia desde la que deben percibirse. Es especialmente necesario en cuadros eléctricos, maquinaria en movimiento, superficies calientes y productos frágiles.
El cartel de prohibido tocar de Serior está disponible en varios materiales según el entorno de uso: vinilo adhesivo para aplicaciones sobre superficies lisas en interiores, PVC rígido para instalación con tornillos o bridas en zonas de uso intensivo, y aluminio para entornos exteriores o con exposición a agentes agresivos. Todos los formatos mantienen el pictograma normalizado conforme a UNE-EN ISO 7010:2020 con la resistencia cromática exigida por la norma.
Sí, cuando existe un riesgo real de lesión por contacto, el RD 485/1997 obliga al empleador a señalizarlo adecuadamente. La omisión de señalización obligatoria es infracción grave conforme al artículo 12.16 de la LISOS. El uso de carteles homologados bajo UNE-EN ISO 7010:2020 garantiza el cumplimiento normativo y reduce la responsabilidad civil y penal del empresario en caso de accidente relacionado con la falta de señalización.